Mostrando las entradas con la etiqueta aborto. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta aborto. Mostrar todas las entradas

miércoles, mayo 09, 2007

Entre un papa nazi y unos cánones vagos...

El papa nazi acaba de confirmar la excomunión "latae sententiae" (sin juicio ni proceso alguno, o lo que es lo mismo "así de huevos") para los médicos y las enfermeras que efectúan abortos, así como los legisladores que respaldaron la reciente legalización.

Y dice que la medida no es nueva, ya que dicha sanción está prevista en el código de derecho canónico, vamos a ver qué dice el susodicho código.

Según el canon 1398 del código de derecho canónico:
Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae.
Lo que a mí no me queda claro es el alcance del término "procurar", afortunadamente, un fulano que desperdició gran parte de su vida en obtener un doctorado en derecho canónico, disipó la duda, no me acuerdo del nombre de este tipo, pero tiene cara redonda, es moreno y tiene unas orejas enormes, salió en un programa del canal 40 y afirmó que esta ley solo aplica para quien directamente induzca el aborto, ya sean doctores o enfermeras.

Tengo mucha curiosidad por saber qué van a decir esta semana en ese programa pedorro, ya que al parecer su patrón ya metió la pezuña al cargarse a los legisladores, mismos que merecen excomunión, cadena perpetua y latigazos en la cara, pero por muchas otras razones distintas.

por cierto, confirmando lo que escribí en otro post, hay un cánon que habla de los asesinos:

Canon 1397 Quien comete homicidio, o rapta o retiene a un ser humano con violencia o fraude, o le mutila o hiere gravemente, debe ser castigado, según la gravedad del delito, con las privaciones y prohibiciones del c. 1336; el homicidio de las personas indicadas en el c. 1370 se castiga con las penas allí establecidas.

Si ya llegamos hasta acá, vamos a ver cuales son las penas que se le puede aplicar a un secuestrador-violador-asesino según la iglesia:

Canon 1336
§ 1. Además de otras que pudiera establecer la ley, las penas expiatorias, susceptibles de afectar al delincuente perpetuamente o por un tiempo determinado o indeterminado, son las siguientes:

Canon 1 la prohibición o mandato de residir en un determinado lugar o territorio;

Canon 2 la privación de la potestad, oficio, cargo, derecho, privilegio, facultad, gracia, título o distintivo, aun meramente honorífico;

Canon 3 la prohibición de ejercer los actos que se enumeran en el n. 2 , o la prohibición de ejercerlos en un determinado lugar o fuera de un lugar determinado; pero estas prohibiciones nunca son bajo pena de nulidad;

Canon 4 el traslado penal a otro oficio;

Canon 5 la expulsión del estado clerical.
§ 2. Sólo pueden ser latae sententiae las penas expiatorias que se enumeran en el
§ 1, 3 .


Pues no, aunque es posible la excomunion para el criminal común, debe seguirse un proceso y determinar la gravedad del delito, no puede ser latae sententiae como en el caso del aborto, al parecer desde el punto de vista de la iglesia, es menos grave matar a un recién nacido que interrumpir un embarazo de dos meses, pero esperen, se pone mejor, si se fijaron bien en el otro canon, hay una parte donde dice "el homicidio de las personas indicadas en el c. 1370 se castiga con las penas allí establecidas."

Esto, es porque ante la ley de la iglesia no todos somos iguales, hay de personas a personas, y alguien que mata a un obispo, no puede tener la misma pena que alguien que mata a cualquier Juan Pérez, veamos al pie de la letra este cánon nazi:
Canon 1370
§ 1. Quien atenta físicamente contra el Romano Pontífice, incurre en excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica; si se trata de un clérigo, puede añadirse otra pena, atendiendo a la gravedad del delito, sin excluir la expulsión del estado clerical.
§ 2. Quien hace lo mismo contra quien tiene el carácter episcopal, incurre en entredicho latae sententiae, y, si es clérigo, también en suspensión latae sententiae.
§ 3. Quien usa de violencia física contra otro clérigo o religioso, en desprecio de la fe, de la Iglesia, de la potestad eclesiástica o del ministerio, debe ser castigado con una pena justa.

Aquí sí se la mamaron "debe ser castigado con una pena justa." es el simulacro de ley más vago y sujeto a interpretación que haya visto en mi putrefacta vida, de hecho me gustaría que hubiera una ley federal así, y que a mí me tocara interpretarla, ya me lo imagino, ahí les va un borrador de la propuesta:

"Quien oiga cumbias usando el altavoz de su teléfono celular, debe ser castigado con una pena justa. "
Y por supuesto, por lo que a mí respecta una pena justa para tal crimen es la muerte por lapidación.

Odio a la gente, más a los pendejos que se avientan a hacer leyes con las patas, menos mal que esa legislación no aplica conmigo.

Por cierto, si creen que los cánones me los estoy sacando del culo, cito mi fuente:
http://webpages.ull.es/users/mbarral/cdce.html

viernes, abril 13, 2007

Aborto y excomunión

Haciéndo alarde de su característica pendejez, el obizpo, arzobisbo, o lo que chingados sea ese panzón de Norberto Rivera, ya amenazó con excomulgar a los legisladores que despenalizen el aborto.

Esto no es nuevo, la iglesia ya ha amenazado con excomulgar a las hembras que aborten, en algunos lugares el solo hecho de tomar la pastilla de emergencia provoca la misma amenaza.

Pero ¿Qué es lo que tanto les hace ruido a los jerarcas de la iglesia?

El argumento más fuerte de Norberto y de la iglesia a la que representa en este país es que el aborto es prácticamente un homicidio.

El tema está sujeto a discusión y no vale la pena que desperdicie mi tiempo en dilucidar si un montón de células dividiéndose son un ser humano.

Por esta única ocasión estoy dispuesto a dárselas por buena, con el único fin de no distraerme del asunto principal, que son las pendejadas que emanan del hocico del cardenal (o lo que sea, ya quedó estipulado que me vale madres)

A ver, entonces tenemos que una hembra que por X circunstancia se vé orillada a abortar, es una homicida y debe quedarle prohibida la entrada al reino de los cielos.

Ahora trasladémonos a un lugar donde a los homicidas los castiguen con la pena de muerte, digamos Texas, donde los presos condenados a muerte, antes de que les rellenen las venas con cloruro de potasio, reciben la visita de..

a ver ¿De quien?

Pues de un sacerdote que lo va a confesar para que su pobre alma inmortal de multihomicida que privó de la existencia a una familia entera, pueda entrar tranquilamente al paraíso y sentarse a la derecha de dios padre para gozar de la vida eterna o lo que chingados sea que hagan a la derecha de dios padre.

En conclusión, para la iglesia católica romana, terminar con la muy probable miseria de un ser humano que también muy probablemente no era deseado, es peor que entrar de noche a la casa de alguien y violar, matar y volver a violar a cuanto ser humano y mascota haya en la casa (tengo entendido que por algo así te ejecutan en los países donde aplica la pena de muerte)

Pero no es todo, parece que para este cabrón hipócrita hijo de la chingada, un pederasta no solo NO debe ser excomulgado, sino que además debe ser protegido del ya de por sí endeble brazo de la justicia mexicana.

Sin embargo, el cardenal (o lo que sea) en gringolandia parece no tener tanta influencia, ya que en la Corte Superior de California, lo buscan por ocho delitos de ''conspiración a la pederastia"

Si vemos estos dos casos como un todo y no como situaciones aisladas, se puede llegar a la conclusión de que los sacerdotes prefieren que haya más niños no deseados en este mundo, porque así es menos probable que alguien reclame cuando se los lleven a lo oscurito a "imponerles una penitencia"



Odio a la rechingada gente, pero a los cabrones que además de encubrir pederastas, se la pasan diciendo estupideces, deberían cortarles los piés y metérselos por el culo.